viernes, 23 de octubre de 2020
GOBIERNO AUTORIZA LA APERTURA DE LOS TEMPLOS EVANGÉLICOS, PERO NO HABRÁ CULTOS REGULARES HASTA NUEVA FECHA
El gobierno
peruano, mediante un Decreto Supremo Nº 170-2020-PCM, que modifica el Decreto Supremo N°
116-2020-PCM, que establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la
nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las
graves circunstancias que afectan la vida de las personas como consecuencia del
coronavirus COVID-19, autorizó la apertura de los templos evangélicos, pero
para realizar actividades o ritos excepcionales, no para los cultos
tradicionales como están acostumbrados. El Artículo 5⁰ del mencionado
DS, referido a la apertura de los templos o centros de culto religioso,
autoriza, a partir del lunes 2 de
noviembre de 2020, que las entidades religiosas abran sus templos y lugares de
culto para recibir a sus miembros, fieles y público en general, con un aforo no
mayor a un tercio (1/3) de su capacidad total.
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